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Juan Carlos Ríofrio Martínez-Villalba
Ecuador
Autor colaborador AR:RDI
Centro de Estudios: Universidad Católica Santiago de Guayaquil
Licenciado en Ciencias Políticas y Sociales, Abogado y Doctor en Jurisprudencia Estudio Coronel & Pérez, Abogados (Socio)
Ha dictado clases de, Derecho de la Información y de Derecho Informático, en la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES), de Derecho Procesal Civil Internacional (litigación internacional) y de Derecho Constitucional en la Universidad Católica Santiago de Guayaquil (UCSG) del Ecuador. Actualmente es profesor de Derecho procesal informático en el Postgrado Derecho de las Telecomunicaciones de la Universidad Andina Simón Bolívar, y de Derecho Constitucional y Derecho de la Información en la Universidad de los Hemisferios de Quito, donde es Decano de la Facultad de Derecho.
Entre sus libros se cuentan, El Corazón de la Ciudad (obra histórica), La prueba electrónica, publicada en la Editorial TEMIS de Bogotá, la Ley orgánica de transparencia y acceso a la información pública, comentada, publicada en la Corporación de Estudios y Publicaciones de Quito.
Pertenece a varias asociaciones de Derecho de las telecomunicaciones, informático y de propiedad intelectual, como la AIPPI, LEGGIO y ALFA-REDI, entre otras. Por otro lado, es miembro del directorio de la prestigiosa editorial CORPORACIÓN DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES (CEP), fundada en 1964.
Ha participado como miembro en diversas Comisiones públicas y privadas para elaborar diferentes reglamentos y proyectos de Ley relacionados con el Derecho de la información y las telecomunicaciones. También ha sido consultor en diferentes comisiones conformadas por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones del Ecuador (CONATEL).
Artículos publicados en la Revista de Derecho Informático RDI:
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Documento Digital, (Edición: No. 062 - Septiembre del 2003)
Hay dos extremos que son irreales: el que considera que los documentos electrónicos carecen de toda eficacia probatoria, y el que les confiere una eficacia absoluta.
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Firmas Electrónicas, (Edición: No. 038 - Septiembre del 2001)
la sana crítica aplicada a la valoración de la prueba informática es quizá el mejor sistema en la mayoría de los casos, excepto en aquellos donde la ley exige expresamente la firma quirografaria, eso sí, siempre y cuando nuestros jueces tengan, efectivamente, una “sana crítica”. Una ley puede aclarar el valor probatorio de determinada información, obviamente si está redactada con esa “sana crítica”, pero ¿nuestros jueces que apenas manejan un ordenador tendrán esa “sana crítica” para aplicarla?
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Derecho en la Era Digital, (Edición: No. 050 - Septiembre del 2002)
Tanto el derecho, como la informática, puede ser objeto formal y objeto material uno de otro. Cuando el “derecho” es la materia estudiada por la “informática”, entonces tenemos la “informática jurídica”, ciencia que está permitiendo un vasto desarrollo de la eficiencia estatal, agilizando, optimizando y simplificando las labores judiciales, legislativas y ejecutivas. El futuro de la informática jurídica es muy prometedor.
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