Iriarte & Asociados (26/02/2008):
El Nic .Pe, entidad de registro de nombres de dominio bajo el ccTLD .pe, ha firmado un convenio con el Centro de Arbitraje de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
Con esta acreditación se materializa la posibilidad de que cualquier persona o entidad que crea que un nombre de dominio registrado bajo el ccTLD .Pe afecta sus derechos marcarios, pueda acudir al mencionado Centro de Arbitraje a fin de recuperar el nombre de dominio en cuestión. La controversias planteadas serán resueltas por un grupo de expertos debidamente acreditados ante dicha organización, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidas en la Política de Resolución de Disputas denominada "peDRP", la cual es una variante de la Política Uniforme de Resolución de Controversias o UDRP (por sus siglas en inglés).
En virtud de la "peDRP", un titular de marca registrada en el Perú podrá recuperar su nombre de dominio registrado bajo el ccTLD .Pe, siempre y cuando acredite conjuntamente los siguientes requisitos:
- Que el nombre de dominio sea idéntico o similar hasta el punto de crear confusión con respecto a una marca de productos o de servicios anteriormente registrada o solicitada en Perú y sobre la que el reclamante tiene derechos; y
- Que el solicitante de un nombre de dominio no tiene derechos o intereses legítimos respecto del nombre de dominio; y
- Que el nombre de dominio ha sido registrado o se utiliza de mala fe.
Para mayor información sobre la Política de Resolución de Disputas "peDRP": https://www.nic.pe/normas_procedimientos_proc_oposic.php#1
Para mayor información sobre la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual – OMPI: http://www.wipo.int/amc/en/domains/cctld/pe/index.htm
URL:
http://www.iriartelaw.com/