AR: Revista de Derecho Informático ISSN 1681-5726
Edita: Alfa-Redi
No. 045 - Abril del 2002
Code and Other Laws of Cyberspace. Lawrence Lessig
Abstract: En trazos gruesos, el trabajo de Lessig pretende alertar sobre dos cosas, la primera de ellas es el hecho que la fisonomía de Internet ha cambiado, que se ha ido separando decididamente de la utopía libertaria de un espacio sin “reyes, presidentes y votaciones” (Lessig, 1999b, 4 supra nota 1) configurándose progresivamente como una arquitectura panóptica que posibilita el control perfecto. El segundo asunto que preocupa a este autor es explicar cómo ha sucedido esto; según Lessig, la causa pasa por la plasticidad de la arquitectura de Internet y los intereses del comercio y del gobierno.
Una de las últimas Feria del Libro de Santiago tuvo como
lema “Hacía dónde va el Titanic”. Si bien la frase no es inédita, resulta
extraordinariamente sugerente en los tiempos que atravesamos. El Titanic,
como se sabe, representó en algún momento un ícono de las promesas de la
tecnología. El costo de este deslumbramiento, sin embargo, resultó
extremadamente alto. Como lo ha advertido Marshal Berman a propósito de la
revolución industrial, el compromiso con la Tecnología sin duda tiene algo de
fáustico. En este nuevo siglo XXI, nuestro Titanic son las nuevas tecnologías de
la información, en particular Internet. La Red ha resultado ser una fuente
inagotable de promesas y deslumbramiento. Probablemente este deslumbramiento se
ha opacado paulatinamente a resultas de la crisis de la nueva economía y el
colapso de las empresas “punto com.” Con todo, esta frustración no ha producido
suficiente claridad como para advertir que tras el elenco de promesas
configurado por las nuevas tecnologías de la información, subyace un
convenio fáustico y que el precio puede ser alto. Code and Other Laws of
Cyberspace, el libro del profesor Larry Lessig, puede ser considerado como un
intento agudo e intelectualmente sugerente de llamar la atención sobre estos
costos. Me parece que esta reflexión resulta necesaria no sólo en los Estados
Unidos[1] o en los países del primer mundo, sino también en los
países periféricos que, las más de las veces, hacemos historia contemplándola.
La razón de lo anterior es sencilla, en un mundo donde la economía finalmente se
globalizó, todos podemos viajar en el Titanic, la preocupación por los botes
salvavidas entonces resulta más apremiante que nunca.
El objeto de las páginas que siguen es presentar Code. Como es
evidente mi pretensión no es agregar nuevos argumentos al debate, sino solamente
hacer accesible las principales ideas de esta obra a lectores de habla
hispana.
1. Las ideas de Code.
En trazos gruesos, el trabajo de Lessig pretende alertar sobre
dos cosas, la primera de ellas es el hecho que la fisonomía de Internet ha
cambiado, que se ha ido separando decididamente de la utopía libertaria de
un espacio sin “reyes, presidentes y votaciones” (Lessig, 1999b, 4 supra nota 1)
configurándose progresivamente como una arquitectura panóptica que posibilita el
control perfecto. El segundo asunto que preocupa a este autor es explicar cómo
ha sucedido esto; según Lessig, la causa pasa por la plasticidad de la
arquitectura de Internet y los intereses del comercio y del
gobierno.
2. La plasticidad de
Internet.
Internet fue durante algún tiempo considerada como un
espacio cuya naturaleza tornaba imposible su regulación. Esto, sin
embargo, demostró ser falso. La naturaleza de Internet demostró ser el
producto de un conjunto de decisiones, un espacio configurado y no descubierto;
por lo mismo, carente de naturaleza (Lessig, 1998, 8). En las palabras de
Lessig: “que la Red no sea regulable
depende, y depende de su arquitectura” (1999b, 25 [itálicas en el
original]). Arquitectura es la primera expresión que debe ser clarificada para
comprender la plasticidad de Internet.
El profesor Lessig hace equivalentes las expresiones arquitectura y código en el caso del Ciberespacio
(1999a, 508). Por código entiende: “el hardware y software que configura el
ciberespacio como es –o, más precisamente, las reglas e instrucciones contenidas
en el software y hardware que, en conjunto, constituyen el ciberespacio como es”
(1999a, 506). Podemos volver ahora a la idea de que el ciberespacio no tiene
naturaleza. La idea no es que la fisonomía de Internet no posea un conjunto de
características que permitan identificarla; el punto en cambio es que ese
conjunto de características no son necesariamente estáticas, sino dinámicas.
Dicho de otra manera, Internet admite una amplia gama de diseños o
arquitecturas, con algunas de ellas no resulta regulable y con otras si.
La idea de que la naturaleza de Internet impedía la regulación de las conductas
desarrolladas en esta plataforma proviene entonces de considerar que las
características que presentaba Internet en sus comienzos guardaban una relación
de necesariedad con su fisonomía. Un ejemplo propuesto por Lessig (1999b, 27-29)
contribuirá a aclarar esto. Las características del diseño de Net95 presentaban
tres dificultades o imperfecciones al momento de regular. La primera era la
escasa información sobre los usuarios, la segunda, la falta de datos
acerca de la calidad de la información en la Red. Finalmente, la tercera deriva
de las dos anteriores: sin datos acerca de los usuarios o sobre la información,
no resulta sencillo discriminar el acceso a la información según la identidad
del usuario o discriminar la información de acuerdo a lo que el usuario desea.
Sin perjuicio de lo anterior, nada obsta a que estas imperfecciones puedan ser
subsanadas; que los usuarios deban utilizar credenciales para acceder a la
información y que ésta pueda ser etiquetada. De esta manera “(A)rquitecturas de
credenciales y arquitecturas que etiquetan podrían facilitar arquitecturas de
control” (1999b, 29).
3. Los arquitectos
detrás de las arquitecturas de control.
En un trabajo que el sociólogo inglés Anthony Guidens ha
comparado a Economía y Sociedad de Max Weber, el sociólogo español Manuel
Castells ha sostenido que
“el factor histórico más decisivo para acelerar, canalizar
y moldear la tecnología de la información e inducir sus formas sociales
asociadas fue/es el proceso de reestructuración capitalista emprendido desde la
década de los ochenta.”(1999, 44)
Pues bien, aún cuando la actividad económica fue permitida en
Internet sólo a partir de 1991, su crecimiento ha sido explosivo (vid Margherio
et al. 1999). Con todo, aún cuando Internet ofrece una plataforma de interacción
comercial que posibilita por primera vez el funcionamiento de una economía a
escala global[2], la facticidad del comercio se ha adelantado a su
regulación y, de esta manera, el desarrollo de todas las potencialidades
comerciales no se desarrollará plenamente mientras no existan mecanismos de
regulación que permitan al comercio operar en forma segura. En este sentido,
Lessig afirma:
La importancia del reciente nacimiento del e-commerce es
que tiene lugar en una red abierta e insegura. El desafío del comercio en los
primeros tiempos de Internet fue desarrollar arquitecturas que, manteniendo las
ventajas comerciales de Internet, restaurara la seguridad que el comercio
requiere (1999b, 39).
Seguridad en este caso implica reproducir a través de la Red
algunos de los mecanismos que permiten al comercio funcionar en la vida real,
básicamente la posibilidad de identificar a los consumidores. La identificación
en la Red supone a su turno transitar desde una arquitectura de libertad hacia
una arquitectura de control.
La segunda fuerza es el gobierno. Lessig afirma que, si
bien el gobierno aún no ha descubierto el potencial regulador de Internet, una
vez que advierta que la “arquitectura de la confianza” que impulsa el comercio
también resulta funcional a sus fines, el gobierno contribuirá a la
creación de un código que permita el control y “domestique la Red” (Lessig,1996,
26). En este caso el autor es menos claro que en el anterior en cuanto a
las motivaciones de la regulación y se concentra en dos cosas. La primera es
describir una serie de casos en que el gobierno ha regulado de arquitectura de
diversas tecnologías[3] en los que la regulación directa de la conducta resultaba
costosa y compleja; y la segunda es advertir cómo puede el gobierno impulsar una
arquitectura de identificación, obligando a los sitios a exigir identificación a
sus usuarios, concediendo exenciones o rebajas tributarias a aquellos sitios que
lo hagan y otros mecanismos similares (1999b, 50). Otro medio distinto es a
través de la regulación del código[4]: “(E)l gobierno podría imponer a los proveedores de
servicios de Internet (ISP), por ejemplo, el uso de software que
facilitara la identificación de los usuarios exigiéndoles, como un requisito de
acceso al sitio, la entrega de cierta información mínima (Lessig, 1999b,
51).
Regular el código como una forma indirecta de regular conductas
posee dos características que resulta necesario subrayar. La primera es
que esto sólo resulta posible si los costos de identificar a los programadores
es relativamente bajo y estos poseen incentivos para seguir la normativa, esta
condición se produce cuando el mercado funciona en condiciones oligopólicasy los
programadores pertenecen a compañías comerciales (Lessig, 1999b, 52). En otra
parte, el mismo autor ha sostenido que la posibilidad de regular el código
depende de la posibilidad de vigilar a los programadores de dicho código. Esto
resulta sencillo cuando se trata de grandes empresas como Microsoft o Netscape,
sin embargo:
(C)uando no existe una organización o un pequeño número de
organizaciones que controle el código, o cuando el código, aunque estuviera
controlado en sus inicios por una compañía es abierto y, por lo tanto, más
modificable, la posibilidad del gobierno de regularlo disminuye (1999a,
535).
Un buen ejemplo de lo anterior es el caso de Netscape y el
gobierno francés. En este caso, el protocolo de Netscape para intercambiar
información encriptada (SSL) evitaba que el gobierno francés interfiriera los
mensajes de usuarios que lo utilizaran, por lo mismo solicitó a Netscape que
modificara SSL en términos que le permitiera espiar el contenido de los mensajes
encriptados. Ahora bien aún cuando técnicamente esto resultaba posible, el
código del programa es abierto[5], de manera que, cualquiera que tuviera los conocimientos
suficientes podría retirar el módulo que permitiría al gobierno francés espiar
la comunicación (Lessig, 1999b, 106). [6]
La segunda característica que presenta la regulación del código
es que comparada con la regulación directa de la conducta a través de la ley, la
regulación del código resulta escasamente perceptible y, por lo tanto,
fácilmente disimulable. El problema entonces no es que la regulación se realice
en forma indirecta, sino la falta de transparencia de este tipo de regulación.
En las palabras de Lessig:
El código del ciberespacio se está transformando en otra
herramienta de control de la regulación estatal. Indirectamente, a través de la
regulación del código, el gobierno puede alcanzar fines regulatorios, evitando,
frecuentemente, las consecuencias políticas que la persecución directa de estos
fines conllevaría.
Debemos preocuparnos de esto. Debemos preocuparnos de un
régimen que hace la regulación invisible más fácil; debemos preocuparnos de un
régimen que hace más fácil regular. Debemos preocuparnos del primero porque la
invisibilidad hace difícil luchar contra la regulación defectuosa; debemos
preocuparnos del segundo porque aún no sabemos...los valores que una regulación
crecientemente eficiente pone en riesgo (1999b, 98).
Recapitulando, la arquitectura de Internet está cambiando,
detrás de este cambio están el comercio y el gobierno. El comercio precisa de
seguridad para llevar adelante sus transformaciones y el gobierno puede
utilizar una arquitectura de control para regular un espacio que, por el
momento, aparece como irregulable. Si bien las motivaciones resultan distintas
las acciones del gobierno y el comercio convergen en la creación de una
arquitectura de identificación que permite el control. Aún cuando esta
arquitectura favorece el comercio, no resulta claro cuáles valores
que se están arriesgando al disponer de una arquitectura que favorezca los
intereses de la actividad comercial. En este punto Lessig es suficientemente
elocuente:
“(C)uando los intereses comerciales determinan la
arquitectura, ellos pueden crear un tipo de ley privatizada. Yo no estoy contra
la empresa privada; mi impresión es que en muchos casos debe dejarse al mercado
funcionar. ¿No resulta, sin embargo, suficientemente claro que existen límites
para esta presunción? ¿Qué los valore públicos no se agotan en aquello que IBM
puede considerar conveniente? ¿Qué aquello que es bueno para America Online no
es necesariamente bueno para América? (1999b, 59)
3. Código y regulación de conductas.
Ya se ha advertido que tanto el comercio como el gobierno
tienen interés en la regulación de Internet y que la forma más eficiente de
hacerlo es a través de la regulación del código. Esto precisa una pequeña
explicación. El profesor Lessig ha sugerido que la conducta humana es
susceptible de ser regulada a través de cuatro modalidades: la ley, las normas
sociales, el mercado y la arquitectura. Para ilustrar lo anterior el autor
utiliza como ejemplo la conducta de los fumadores y se pregunta “¿Qué factores
regulan su decisión de fumar o no
hacerlo?” (1999b, 87 [itálicas en el original]). Como ya se ha advertido, el
primero de ellos es la ley.En el análisis de Lessig el papel de la ley es
similar al sugerido por el análisis económico del derecho, es decir como un
sistema de precios sombra (ver Posner [1998, 252-254]). De esta manera el
ejercicio de la potestad normativa del Estado puede ser utilizado para prohibir
fumar en determinados lugares o prohibir la venta de tabaco a menores Las normas
sociales constituyen la segunda modalidad de regulación a través del ejercicio
atomizado de sanciones por parte de la comunidad. En este caso Lessig afirma que
la regulación del tabaco en los Estados Unidos funciona básicamente determinada
por este tipo de normas. El tercer factor es el mercado que funciona como un
sistema de precios explícito. El precio de los cigarrillos constituye una
limitación para el fumador[7]; un cambio en el precio afecta la conducta de los
fumadores. Finalmente, existe una cuarta modalidad de regulación determinada por
las características del espacio real: la arquitectura. En el caso de los
cigarrillos, la forma en que están diseñados –si poseen filtro o no, si
contienen sustancias químicas que aumenten la posibilidad de adicción o no, el
aroma y otros- determinan la intensidad con que se desarrollará la conducta
–fumar. El mismo esquema puede ser utilizado al examinar la regulación de
conductas en el ciberespacio (Lessig, 1999b, 88), la ley en este caso, la
arquitectura es el código y el código regula la conducta en términos que
determina cuáles conductas pueden llevar a cabo los individuos en el
ciberespacio y cuáles no.
Advertido lo anterior, ¿por qué deberíamos preocuparnos del
código? La respuesta a estas alturas debería ser relativamente obvia, en
Internet la modalidad más eficiente de regulación de la conducta es el código.
En principio esto significa dos cosas, la ausencia de regulación directa
de la conducta no significa en ningún sentido que Internet sea un espacio libre;
el recuento de Lessig parece demostrar todo lo contrario. En el ciberespacio el
código cumple la función que usualmente endosamos a la ley en el espacio real.
Siendo esto así los programadores son verdaderos legisladores con la salvedad
que las leyes que dictan no pasan por un proceso político donde se midan con los
valores que nos interesa mantener. Ahora bien, los legisladores, al interior del
Congreso, pueden, a su turno, regular este código a través de leyes. La
legislación del código, sin embargo, suele ser menos transparente que
aquella que regula la conducta directamente y éste es un nuevo motivo de
preocupación toda vez que, según ya se ha advertido, el código determina
la fisonomía de Internet.
4. Los valores en
juego.
El profesor Lessig considera cuatro tipos de libertades
que, en su opinión, Internet pone en riesgo. La primera refiere a la relación
entre la propiedad protegida por derechos de autor y los derechos de los
consumidores; la segunda es la libertad de expresión; la tercera refiere al
derecho a la privacidad y, la cuarta, a la libertad de legislar de los estados.
En las líneas siguientes me interesa enfatizar brevemente algunos de los
problemas examinados por Lessig en torno a ellas.
En el caso de la propiedad intelectual, Lessig advierte que los
mecanismos que se utilizan para resguardar la información protegida por
derecho de autor en Internet alteran el balance entre la creación de incentivos
para el autor y el acceso del público a la información que se busca a través de
la protección legal, en términos que favorece al autor en desmedro de la
sociedad en su conjunto.[8] Respecto a la privacidad, Lessig argumenta que las
nuevas tecnologías resultan absolutamente inéditas en su capacidad de recolectar
información sobre la conducta de los usuarios en la Red y sobre datos personales
de los usuarios aún sin que estos lo sepan.[9] Como advierte el mismo autor, la recolección de datos se
ha convertido en la ocupación predominante de los sitios web, transformando a
Internet en una estructura panóptica que recolecta información y discrimina en
base a ella (1999b, 153).[10] En el caso de la libertad de expresión Lessig
comienza afirmando que la arquitectura del ciberespacio –un relativo anonimato,
distribución descentralizada, múltiples puntos de acceso, la carencia de un
sistema simple para identificar los contenidos, la carencia de vínculos
territoriales necesarios y las herramientas de encriptación- es la verdadera
protección de este derecho (1999b, 166). Nuevamente, sin embargo, el autor
recuerda la plasticidad de la Red y advierte sobre los desafíos constitucionales
que ofrecen mecanismos que permitan regular el acceso a la informaciónutilizando
como ejemplo el acceso de menores de edad a sitios con contenido pornográfico.[11] El caso de la soberanía del Estado es uno de los
temas que presenta mayores desafíos en la regulación de Internet.[12] Me parece que el aporte más sugerente en esta discusión
resulta de advertir que mientras las dificultades de regular el ciberespacio
directamente paralizan a los legisladores:
(L)o que veremos, me parece, es el surgimiento de una
regulación bastante unificada a través del código mientras la ley se mantiene en
flujo. Este desarrollo ocasionará un cambio en el poder regulatorio efectivo
–desde la ley al código, desde los soberanos al software (Lessig, 1999b, 206).
En el relato de Lessig, estos valores no se protegerán solos en
Internet. Dejar librada su fortuna a la mano invisible del mercado implica su
sacrificio. En su opinión resulta necesaria la intervención del Estado para
protegerlos:
(Los) gobiernos deberían intervenir...cuando las acciones
privadas tengan consecuencia públicas; cuando acciones con cortedad de miras
amenacen causar daños extendidos en el tiempo; cuando las fallas en la
intervención socaven valores constitucionales relevantes y derechos
individuales; y cuando emerja una forma de vida que pueda amenazar valores que
consideramos fundamentales (Lessig, 1999b, 233).
Ahora bien, esta idea parecería contraponerse al diagnóstico de
Lessig según el cual la acción del gobierno se encamina más bien a convertir
Internet en una estructura panóptica. La oposición, sin embargo, se disuelve si
se advierte que este juicio no es descriptivo, sino normativo. Lessig no cree
que el gobierno esté haciendo esto[13], ni que lo vaya a hacer, solamente piensa que es lo que
debería hacer.
********
Lessig presenta una visión pesimista del futuro. Algunos han
argumentado que su desconfianza en el mercado es excesiva y que la solución a
los desafíos que presenta Internet no se encuentra en la decisión colectiva
razonada y deliberativa, sino en la elección individual.[14] Resulta difícil, al menos para mí, determinar si Lessig
está en lo correcto o no; no basta que los argumentos de un libro sean
consistentes y coherentes y que su autor los despliegue con elegancia e
inteligencia, para determinar si corresponde o no a la realidad y, más aún, si
sus pronósticos son certeros o no. Con todo, una cosa al menos parece
cierta, si Lessig está en lo correcto, significa que una vez más vamos
embarcados en el Titanic, pero esta vez, como advierte Paul Virilio, nos
dirigimos al “accidente de los accidentes”[15] y, como la primera, los botes salvavidas no son
suficientes.
REFERENCIAS.
Bauman, Zygmunt (1999) La globalización: Consecuencias humanas.
Fondo de Cultura Económica. Argentina.
Virilio, Paul (1997) Cibermundo ¿Una política suicida? Dolmen
Ediciones. Chile
Documentos
Information Infrastructure Task Force, Working Group in
Intellectual Property Rights (S/F) Intellectual Property and the National
Information Infrastructure. http://www.uspto.gov/web/offices/com/doc/ipnii/lawcopy.pdfVisitado 11/04/2001
[1] Aquí conviene advertir que, a ratos, el libro de Lessig
tiene un cierto sabor idiosincrásico de la realidad norteamericana que limita el
alcance de algunas de sus ideas a otras realidades.
[2]Una economía global difiere de una economía mundial, es decir
aquella en que la acumulación de capital ocurre en todo el mundo. Esta ha
existido en Occidente al menos desde el siglo XVI. La segunda consiste en “una economía con la capacidad de funcionar
como una unidad en tiempo real a escala planetaria.” (Castells, 1999,
119-120 [negrilla en el original])
[3]Lessig se refiere a la regulación de las redes telefónicas,
los discos compactos, la televisión, la encriptación y la creación de
tecnologías que permitan vulnerar las protecciones de material protegido
por derechos de autor (circumvention). (1999b, 43-49)
[4] La próxima sección desarrollo más detalladamente la idea de
regulación directa e indirecta de la conducta humana. Por el momento describo
los riesgos que, según Lessig, posee la regulación indirecta.
[5]Los códigos abiertos representarían de esta manera un límite a
la capacidad del Estado de regular la arquitectura de la red. El tema de los
códigos abiertos ha sido estudiado por Lessig no sólo en Code (100-108),
sino además en numerosos artículos (ver Lessig [1999a],[1999b], [2000]
[6] Sobre lo mismo ver Lessig (1999b, 764 y sgtes).
[7]Quien haya comprado tabaco en los Estados Unidos podrá
dar cuenta de la potencia del mercado como regulador.
[8]En trazos gruesos, Lessig advierte que la protección a través
de la propiedad intelectual a través de sistemas que resultan capaces de
discriminar usuarios (trusted systems) permite evitar dos de los derechos
reconocidos a los usuarios en el caso del derecho de autor, el uso razonable
(fair use) y la doctrina de la primera venta (first sale) (1999b, 126). (En los
Estados Unidos el uso razonable permite utilizar fragmentos de un trabajo
protegido por derechos de autor sin el consentimiento de éste (ver Information
Infrastructure Task Force, Working Group in Intellectual Property Rights (S/F).
La doctrina de la primera compra establece una excepción al derecho exclusivo
del autor sobre la distribución de su obra, autorizando a quien haya adquirido
legalmente una copia a venderla o disponer de otra manera de ella sin la
autorización del autor (ver Hayes [2000]). Los trusted systems permiten eliminar
estas dos excepciones.
[9]Ejemplos de esto pueden ser examinados en el informe sobre
prácticas informativas de la Comisión Federal de Comercio de los Estados Unidos
(Federal Trade Commision, 2000). Ver también Schwartz, (S/F)
[10]Para Lessig esto presenta problemas en cuanto a que la
disminución de los costos de monitoreo sobre las preferencias de los clientes
facilitaría la manipulación de los clientes y afectaría el principio de igualdad
(1999b, 152, 154).
[11]Aquí Lessig se refiere a dos tipos de mecanismos, aquellos
que exigen algún tipo de identificación a los usuarios (ya sea a los niños o a
los adultos) y aquellos que filtran contenidos.
[12]El problema de la soberanía del Estado tiene que ver, como
es bien sabido, con la posibilidad de controlar un cierto territorio y sus
habitantes. Sin embargo como ha sugerido Paul Virilio, si no puede hablarse del
fin de la historia, puede, sin embargo, hablarse del fin de la geografía (cit.
en Bauman [1999, 20]). En un espacio donde las personas pueden estar
simultáneamente en una pluralidad de lugares, la construcción de un concepto de
soberanía fundado en un cierto vínculo territorial se torna crecientemente
inútil. Ver Post & Johnson (1996), Boyle (1997), Reidenberg (1998)
[13]De hecho, en otro lugar, el mismo afirma que su marca
distintiva es el pesimismo (2000, 7), por la misma razón sus pronósticos son
sombríos, en su opinión es que los desafíos que plantea Internet no van a ser
resueltos –al menos en los Estados Unidos- en términos de proteger los valores
que están en juego y que la respuesta, finalmente, quedará librada a la mano
invisible del mercado (1999b, 212)
en la actualidad, las
nuevas tecnologías constituyen el vehículo para un cierto tipo de accidente que
ya no es local y situado con precisión, como el naufragio del Titanic o el
descarrilamiento de un tren, sino un accidente general, un accidente que
involucra inmediatamente a la totalidad del mundo (1997, 14, itálicas en el
original).